En los medios de comunicación se ha publicado que “Las Pymes tendrán que auditarse para solicitar cualquier subvención”, y desde AUDYTAX vamos a verificar si es correcta dicha afirmación.
El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 30 de junio de 2022 el Proyecto de Ley de creación y crecimiento de empresas, conocido coloquialmente como Ley Crea y Crece 2022.
Las modificaciones en cuestión se encuentran en el art. 11 de esta Ley, por el que se modifica el la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
Por un lado, hay que resaltar que sólo afecta a subvenciones de importe superior a 30.000 euros, por lo que las subvenciones de menor cuantía quedan exentas de estos requisitos.
¿Qué PyMES tienen que auditarse?
La Ley Crea y Crece determina dos formas de acreditar que los negocios no son morosos, los negocios que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas, es decir las PYMES y autónomos, y el resto
Los negocios que pueden presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviadas tienen que cumplir 2 de las siguientes 3 condiciones durante dos años consecutivos:
- Que el total de las partidas de activo no supere los 11.400.000 euros.
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 22.850.000 euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 250.
Los beneficiarios que puedan presentar estas cuentas abreviadas, que son todas las pequeñas y medianas empresas y los autónomos societarios, «tendrán que presentar una declaración responsable de que no tienen pendiente ningún pago que supere el plazo establecido por contrato o el plazo máximo de 60 días que marca la Ley.
Muchas empresas que se auditan entran dentro de esta exigencia, pues para auditarse obligatoriamente tienen que cumplir 2 de las siguientes 3 condiciones durante dos años consecutivos:
- Que el total de las partidas de activo supere los 2.850.000 euros.
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 5.700.000 euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.
Por lo tanto, no es cierto que se exija que las PYMES tendrán que auditarse para obtener solicitar cualquier subvención.
Qué pasa con las grandes empresas
Por otro lado, para las grandes empresas, se establece que «se acreditará mediante certificación, emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora».
En este caso, se trataría de una verificación de Procedimientos Acordados, procedimiento similar al que se realiza en las revisiones de las declaraciones de ECOEMBES, que no tiene nada que ver con una auditoría de cuentas de anuales.
La realidad de esta medida para las PyMES
En todo caso, esta iniciativa intenta poner un poco el foco en un problema histórico y es que las grandes empresas alargan los periodos de pago mucho más allá de los establecidos legalmente (60 días) perjudicando a los autónomos y PYMES que se encuentran en desventaja y tienen que sucumbir ante sus pretensiones si quieren trabajar con ellos.
Por poner un ejemplo, las compañías del selectivo liquidaron sus facturas en un periodo medio de 183 días, triplicando el plazo legal permitido (60 días) durante el primer semestre del 2020, y contra esto hay que luchar. Si esta medida es la mejor opción…, el tiempo lo dirá, pero si que es verdad que es una piedra en su tejado que hace vayan convergiendo hacia los límites fijados por Ley.
En resumen
En primer lugar, esta Ley sólo afectaría a subvenciones de más de 30.000 euros y en segundo lugar, para las empresas que pueden presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviadas (PYMES) de momento sólo les piden una declaración responsable de que no tienen pendiente ningún pago que supere el plazo establecido por contrato o el plazo máximo de 60 días.
Si tienes dudas sobre si tu empresa tiene que hacer una declaración responsable o bien necesita una certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, puedes ponerte en contacto con nosotros y te resolveremos todas las dudas.
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